Sentencia de la sala constitucional que
reconoce la competencia de los tribunales de municipio, en aquellas
circunscripciones judiciales donde no existan jueces y juezas de paz comunal,
para conocer y decidir solicitudes de divorcio por mutuo consentimiento,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la ley orgánica de la jurisdicción
especial de la justicia de paz comunal
JUR_Competencia de los tribunales de municio en los divorcios
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