... no le es dable al representante del Ministerio Público, sin mediar
un acto conclusivo conforme a lo establecido en el Código Orgánico Procesal
Penal, mantener una averiguación abierta en forma indefinida ... ya que el
mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico
Procesal Penal debió, como si lo hizo en cuanto al delito de Uso de Documento
Público Falso, dictar dentro del lapso legal (30 días, más la prórroga acordada
por encontrarse las imputadas privadas de su libertad), el correspondiente acto
conclusivo por el delito imputado de Secuestro, omisión que hace la actuación
del representante del Ministerio Público en este respecto, totalmente
censurable.
... la defensa no opuso excepción alguna, ni
dirigió solicitud de desestimación de la acusación al juez de instancia, para
éste ejercer, por la intervención de las partes, el control de la acusación en
cuanto al vicio denunciado, limitándose a presumir que no se había interpuesto
formal acusación por el delito de secuestro, por cuanto el Ministerio Público
no había encontrado suficientes elementos de convicción para hacerlo ... Así
mismo, se observa que el Tribunal de Control, no ejerció de oficio, como era su
deber constitucional y legal, el Control de la acusación ante la actuación
fiscal y la inacción de la defensa, situación que de igual forma no se ejerció
ningún medio impugnativo para plantear la revisión ante la instancia superior,
permitiendo que los efectos de la irregularidad denunciada hoy a través del
avocamiento, permanecieran en el tiempo.
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